Prevención de Fraude
Desde Supervielle Seguros trabajamos para prevenir situaciones que conduzcan a una situación de fraude. De acuerdo con la Resolución N° 38.477 de la Superintendencia de Seguros de la Nación, el fraude es la acción u omisión perpetrada en el marco de una relación de seguros, para recabar una ventaja o beneficio indebido, para provecho propio o de un tercero. Se trata, entonces, de un engaño a una compañía de seguros para obtener un beneficio económico ilegalmente.
Puede detectarse en la contratación de una cobertura, durante su vigencia o renovación y al momento del siniestro.
El fraude es un delito penado legal, ética y socialmente, por cuanto causa daños a toda la comunidad. En materia de seguros, su impacto incide en los costos de las pólizas, perjudicando a los asegurados. Por eso, es importante que todos seamos parte de la lucha contra esta forma de comportamiento ilegal.
El fraude puede ser interno a la compañía, organizado por una o varias personadas dentro de la entidad con el fin de obtener un beneficio propio; externo, efectuado por una o varias personas para obtener un beneficio, utilizando fuentes externas; o una combinación de ambas.
Un evento de fraude comprende una combinación de motivos, donde se aprovecha una oportunidad al vulnerar controles internos, haciendo uso de un exceso de confianza, de accesos privilegiados, de conocimiento del negocio, etc.; puede nacer de una necesidad, como puede ser una situación financiera comprometida por parte del empleado o su entorno íntimo; o bien puede ser producto de una justificación, donde la persona interprete que su actividad ilícita es válida y esté justificada para cometer el fraude, ya sea por desventajas laborales, un sueldo considerado bajo o bien que la práctica se encuentre generalizada.
El fraude que se dirige contra el asegurador causa daños a toda la comunidad porque incide en los costos de las primas. Ocurre cuando el asegurado engaña a la compañía para cobrar dinero u obtener alguna otra ventaja a la que no tiene derecho.
El fraude que afecta al asegurador es un delito. La variación, simulación o tergiversación de circunstancias personales, temporales, objetivas, de causalidad, de lugar, y la provocación deliberada, o la simulación total o parcial del acaecimiento del siniestro, son algunas de las formas de fraudes más comunes, lo que lleva a admitirlo como natural, sin comprender la gravedad que conlleva.
En este marco, te acercamos una guía de recomendaciones:
- No firmar formularios de reclamos o denuncias de siniestros en blanco.
- No aceptar dinero, suscribir documentos o acordar apoderamientos cuyos alcances y efectos no sean comprendidos
- No reconocer hechos que no hubieran sucedido, ni aceptar la asistencia letrada proporcionada por terceros desconocidos.
- No modificar el estado de las cosas dañadas por el siniestro, con excepción de la obligación de salvamento si es que en la medida de sus posibilidades se puede evitar o disminuir el agravamiento del daño; como tampoco empeorar fraudulentamente los daños; presentar pruebas falsas o proporcionar información complementaria falsa.
- Las declaraciones falsas o toda reticencia de circunstancias conocidas por el asegurado, aun hechas de buena fe, que de ser tomadas en cuenta hubiesen impedido el contrato o modificado sus condiciones, hacen nulo el contrato, resultando de mayor gravedad las consecuencias frente a actitudes dolosas o de mala fe.
- No cooperar en la realización de una maniobra de fraude y estar alerta a la posibilidad de que alguna persona con malas intenciones lo induzca a realizar prácticas que estén por fuera de la ley
- No facilitar los datos ni el acceso de sus pólizas a terceros cuando ello no se justifique, ni permitir que se sustituyan o simulen las reales circunstancias personales, temporales, objetivas o causales, relativas al acaecimiento de un siniestro.
- Procurar obtener datos de testigos reales y documentar, acorde a sus posibilidades, las circunstancias del siniestro, mediante fotografías, filmaciones, etc., para evitar que aquellas sean distorsionadas en su contra.
- Ante la ocurrencia de un siniestro, formalizar dicha denuncia y solicitar el número de siniestro con el que se tramitará internamente en la entidad.
- No es lícito que la indemnización supere el monto del daño sufrido, como tampoco perseguir el cobro respecto de un siniestro que ya fue reparado por alguna otra aseguradora, por lo que en caso de asegurar el mismo interés y el mismo riesgo con más de un asegurador, debe notificarlo a las entidades implicadas.
- Consultar con nosotros ante cualquier duda o eventualidad.
Si advertís actos sospechosos, podés comunicarte con nosotros y denunciarlo. Te garantizamos la absoluta confidencialidad de la información que nos brindes. Escribinos a prevenciondefraudes@supervielle.com.ar, procurando aportar la mayor cantidad de datos que nos permitan investigar el caso.